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Consultas · banca y financiación

On Call

Agilidad para vuestras consultas y capacidad para resolverlas en el mínimo plazo razonable. Un instrumento que el Cliente tiene siempre a mano para cualquier consulta de las que ofrecemos, en la que la trayectoria de José Pozo de Cominges es un gran activo.

José Pozo de Cominges · más de diez años en banca de inversión · fundador de Pozo de Cominges LegalTech

Consultas

01

Asesoría procedimental

Lo que no es técnico y decide igual una operación: procedimientos, relaciones, formas de tratar con los bancos y de redactar. Qué aceptará la entidad, dónde está su margen real, cómo se mueve un waiver parado.

02

Asesoría jurídica especializada

¿Cómo regularías esto? Una cláusula concreta de una financiación. También la integración de IA en la empresa: qué herramientas y con qué cautelas.

03

Asesoría estratégica

Cuál es el camino en una operación o frente a la entidad. Propongo la estrategia y vuestros abogados la ejecutan.

Cómo funciona

El servicio On Call lo presta Pozo de Cominges LegalTech, S.L. (en adelante, el “Asesor”).

  1. Cada abogado (en adelante, el “Usuario”) abre su canal la primera vez: lee los términos y condiciones y el acuerdo de confidencialidad mutuo (NDA) e indica su correo y su WhatsApp de respuesta (en adelante, los “Canales del Cliente”).
  2. En cada consulta, el Usuario acepta, en nombre de su empresa (en adelante, el “Cliente”), los términos y condiciones y el NDA.
  3. Desde esta página y los Canales del Cliente, enviáis la consulta al Asesor por WhatsApp al +34 666 39 72 80 (en adelante, el “WhatsApp”) o por correo electrónico a jose@pozodecominges.cloud (en adelante, el “Correo”; ambos, los “Canales del Asesor”).
  4. El Asesor os envía la aceptación de la consulta, si procede, a través de los Canales del Cliente.
  5. El Asesor os envía un enlace de pago con tarjeta por el importe de la consulta, también a través de los Canales del Cliente.
  6. El Asesor responde, a través de los Canales del Cliente, en el mínimo plazo razonable.
200 € más IVA

por consulta

Las consultas estarán sujetas a la disponibilidad del momento. Las consultas se abonan con tarjeta, mediante enlace, con carácter previo al envío de la respuesta a la consulta planteada.

El Contrato de Prestación de Consultas, integrado por los términos y condiciones y el acuerdo de confidencialidad mutuo (NDA) de esta web, se perfecciona, para cada consulta, con la aceptación del Asesor enviada a través de los Canales del Cliente, posterior a la aceptación por el Usuario de los términos y condiciones y del NDA. Además, en este servicio hay segmentación total y no se utiliza IA.

Plantear una consulta

Indica al menos uno de los dos (en adelante, el “Correo de Respuesta” y el “WhatsApp de Respuesta”; ambos, los “Canales del Cliente”). Son los únicos canales desde los que podrás remitir consultas y por los que el Asesor te enviará la aceptación de la consulta, que perfecciona el Contrato de Prestación de Consultas, el enlace de pago y la Respuesta.

Para aceptar, abre y lee hasta el final cada documento. La lectura solo se exige la primera vez; la aceptación, en cada consulta.

El Contrato de Prestación de Consultas se entenderá perfeccionado, para cada consulta, cuando el Asesor envíe su aceptación a través de los Canales del Cliente, siempre después de que el Usuario haya aceptado en esta página los términos y condiciones y el NDA.

Lee y acepta los términos y condiciones y el acuerdo de confidencialidad mutuo para enviar tu consulta.

Privacidad: Pozo de Cominges LegalTech, S.L. trata los datos de contacto únicamente para gestionar las consultas y la relación con la empresa, sobre la base de su interés legítimo. Derechos: jose@pozodecominges.cloud.

Términos y condiciones

1. Definiciones. Los términos que en estos Términos y Condiciones, en el Acuerdo o en cualquier parte de la página pozodecominges.com/oncall se escriben con mayúscula inicial tienen el significado que se indica a continuación, que se aplica por igual a los Términos y Condiciones, al Acuerdo y al Contrato de Prestación de Consultas. Los términos definidos en singular incluyen el plural, y viceversa.

“Acuerdo”: el acuerdo de confidencialidad mutuo (NDA) publicado en pozodecominges.com/oncall.
“Asesor”: Pozo de Cominges LegalTech, S.L. (CIF B88767942), que presta el Servicio a través de su socio fundador, José Pozo de Cominges, quien actúa en nombre y por cuenta del Asesor y no es parte ni de los Términos y Condiciones, ni del Acuerdo, ni del Contrato de Prestación de Consultas.
“Cliente”: la persona física o jurídica en cuyo nombre un Usuario acepta los Términos y Condiciones y el Acuerdo.
“Usuario”: cada persona física que, en nombre del Cliente, acepta los Términos y Condiciones y el Acuerdo en pozodecominges.com/oncall e indica sus Canales del Cliente.
“Parte”: el Asesor o el Cliente, indistintamente; “Partes”: ambos conjuntamente.
“Servicio”: el servicio de consultas On Call prestado por el Asesor en los términos descritos en los Términos y Condiciones.
“Términos y Condiciones”: los términos y condiciones del Servicio publicados en pozodecominges.com/oncall.
“WhatsApp”: la cuenta de WhatsApp vinculada al número de teléfono +34 666 39 72 80.
“Correo”: la dirección de correo electrónico jose@pozodecominges.cloud.
“Canales del Asesor”: el WhatsApp y el Correo.
“Correo de Respuesta”: la dirección de correo electrónico que el Usuario indique en el formulario de pozodecominges.com/oncall.
“WhatsApp de Respuesta”: el número de WhatsApp que el Usuario indique en el formulario de pozodecominges.com/oncall.
“Canales del Cliente”: el Correo de Respuesta y el WhatsApp de Respuesta de cada Usuario.
“Contrato de Prestación de Consultas”: el contrato entre el Asesor y el Cliente integrado por los Términos y Condiciones y el Acuerdo, aceptados por ambas Partes, que se entenderá perfeccionado, para cada Consulta, cuando el Asesor envíe su aceptación a través de los Canales del Cliente.
“Encargo”: cualquier servicio del Asesor distinto de las Consultas, que no forma parte del Contrato de Prestación de Consultas y se rige por su propia carta de encargo.
“Consulta”: cada cuestión que un Usuario plantee al Asesor en el marco del Servicio conforme a los Términos y Condiciones.
“Respuesta”: la contestación, opinión o análisis que el Asesor facilite al Cliente en relación con una Consulta, en cualquier formato.
“Operación”: la operación, asunto o proyecto del Cliente, o de los clientes del Cliente, al que se refiera una Consulta.
“Intervinientes”: los clientes del Cliente y cualquier otra persona o entidad que intervenga en la Operación, incluidas las entidades financieras.
“Información Confidencial”: toda información que una Parte facilite a la otra Parte con ocasión de una Consulta, incluidas la existencia y el contenido de la Consulta, la Respuesta y la identidad de las Partes y de los Intervinientes.

2. Objeto. El Asesor presta al Cliente el Servicio: consultas sobre asesoría procedimental, jurídica especializada y estratégica en operaciones con entidades financieras, atendidas personalmente por José Pozo de Cominges, socio fundador del Asesor, que actúa en nombre y por cuenta del Asesor. El Servicio lo presta exclusivamente el Asesor: José Pozo de Cominges no es parte del Contrato de Prestación de Consultas ni asume a título personal obligación ni responsabilidad alguna frente al Cliente. Es asesoramiento sobre puntos concretos, no la llevanza de la Operación, cuya dirección y responsabilidad corresponden siempre al Cliente. El Servicio es una obligación de medios: el Asesor se obliga a responder cada Consulta que acepte con la diligencia exigible, sin garantizar ningún resultado. La Respuesta no podrá interpretarse en ningún caso como una invitación o incitación a seguir un determinado curso de acción.

3. Qué es una Consulta. Una pregunta concreta sobre un punto procedimental, jurídico o estratégico, que el Asesor responde por escrito o de viva voz, mediante llamada o mensaje de voz, siempre a través de los Canales del Cliente.

4. Usuarios y aceptación. Solo los Usuarios pueden plantear Consultas. Cada Consulta se remitirá desde el formulario de pozodecominges.com/oncall e incluirá la aceptación expresa por el Usuario, en nombre del Cliente, de los Términos y Condiciones y del Acuerdo, que se presta de nuevo en cada Consulta. El Usuario declara que tiene facultades suficientes para obligar al Cliente. La condición de Usuario no se extiende a otras personas del Cliente: cada una deberá abrir su propio canal como Usuario.

5. Canales. La Consulta se remitirá exclusivamente desde los Canales del Cliente a los Canales del Asesor. La aceptación de la Consulta, el enlace de pago y la Respuesta se enviarán exclusivamente a través de los Canales del Cliente. Las cuestiones planteadas por cualquier otra vía, sin la aceptación prevista en la cláusula de Usuarios y aceptación, o por personas que no sean Usuarios, no tienen la consideración de Consulta.

6. Qué no es una Consulta. El planteamiento de una Operación, la revisión completa de documentos o el diseño de una estrategia integral. Si el Cliente lo desea, se tratan como Encargo, con su propia carta de encargo y sujetos a disponibilidad.

7. Honorarios y pago. Los honorarios son de doscientos euros (200 €) por Consulta, más IVA. El Asesor envía un enlace de pago con tarjeta por su importe, y el pago se realizará con carácter previo al envío de la Respuesta.

8. Disponibilidad y plazo. Las Consultas estarán sujetas a la disponibilidad del Asesor en cada momento. Aceptada una Consulta por el Asesor y realizado el pago, el Asesor responde en el mínimo plazo razonable.

9. Confidencialidad. La confidencialidad de las Consultas se rige por el Acuerdo.

10. Inteligencia artificial. En el Servicio no se utiliza inteligencia artificial. Las Consultas las responde personalmente José Pozo de Cominges, en nombre y por cuenta del Asesor, con segmentación total de la Información Confidencial del Cliente. El Cliente y cada Usuario garantizan que pueden compartir con el Asesor la información que incluyen en cada Consulta.

11. Responsabilidad. Las Partes no asumen responsabilidad alguna en relación con las Consultas, las Respuestas o cualquier Encargo, salvo que actúen con dolo o culpa grave.

12. Ley y jurisdicción. Ley española. Juzgados y tribunales de la ciudad de Madrid.

Acuerdo de confidencialidad mutuo

1. Definiciones. Los términos que en este Acuerdo se escriben con mayúscula inicial tienen el significado que se les atribuye en la cláusula de Definiciones de los Términos y Condiciones, que se aplica a este Acuerdo.

2. Confidencialidad. Cada Parte utilizará la Información Confidencial de la otra Parte únicamente en relación con la Consulta y la Operación, y no la revelará a terceros salvo en los casos previstos en la cláusula de Revelación Permitida.

3. Revelación Permitida. El Cliente podrá utilizar la Respuesta y la Información Confidencial en el marco de la Operación, y revelarlas a: (a) los clientes del Cliente y las sociedades de su grupo; (b) sus socios, empleados y colaboradores que necesiten conocerlas; (c) los demás Intervinientes y sus asesores; (d) sus auditores y aseguradores; y (e) cualquier autoridad, organismo regulador o tribunal que lo requiera, o cuando lo exija la ley. El Cliente podrá asimismo incorporar la Respuesta a sus sistemas internos de gestión documental y a herramientas tecnológicas, incluidas las de inteligencia artificial, que estén bajo su control o sujetas a obligaciones de confidencialidad.

El Asesor podrá revelar la Información Confidencial a sus asesores y aseguradores, y a cualquier autoridad, organismo regulador o tribunal que lo requiera, o cuando lo exija la ley.

Las revelaciones previstas en esta cláusula se harán a personas sujetas a un deber de confidencialidad legal, profesional o contractual.

La Respuesta se emite exclusivamente para el Cliente. Su revelación conforme a esta cláusula no crea relación alguna entre el Asesor y los terceros que la reciban, ni les permite fundar en ella reclamación alguna frente al Asesor.

4. Excepciones. No tendrá la consideración de Información Confidencial la información que: (a) sea pública o pase a serlo sin incumplimiento del Acuerdo; (b) la Parte que la reciba conociera con anterioridad; o (c) la Parte que la reciba obtenga legítimamente de un tercero no sujeto a deber de confidencialidad.

5. Duración y terminación. Las obligaciones de confidencialidad relativas a cada Consulta nacen cuando el Asesor envía la aceptación de la Consulta a través de los Canales del Cliente y se mantendrán durante doce (12) meses desde esa fecha, transcurridos los cuales se extinguirán. Cualquiera de las Partes podrá dar por terminado el Acuerdo en cualquier momento mediante comunicación escrita a la otra Parte; las comunicaciones del Cliente al Asesor se remitirán a los Canales del Asesor, y las del Asesor al Cliente se enviarán a los Canales del Cliente; la terminación no afectará a las obligaciones relativas a las Consultas ya aceptadas, que se mantendrán hasta que transcurra su plazo de doce (12) meses.

6. Ley aplicable y jurisdicción. El Acuerdo se rige por la ley española. Las Partes se someten a los juzgados y tribunales de la ciudad de Madrid.